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miércoles 12 de noviembre de 2025
12/11/2025
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    Bases del programa de ayudas a la Investigación Cinematográfica “Luis García Berlanga"

    La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, con domicilio social en Calle Zurbano, 3, 28010 Madrid y NIF G-78307584, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones nº 61728, con fecha de alta 29 de enero de 1986, en su afán de promocionar el desarrollo y progreso de la cinematografía, convoca el siguiente programa “Luis García Berlanga” de ayudas a la investigación cinematográfica (en adelante, el “Programa”), en colaboración con la Federación Iberoamericana de Academias de Cine (FIACINE) y las distintas Academias de Cine que la integran. 

    Este Programa forma parte de las actividades con las que la Academia desea rendir homenaje a Luis García Berlanga en el centenario de su nacimiento y se incluye en el ámbito de las iniciativas desarrolladas por la Academia dentro del “Año Berlanga”.

Este Programa se regirá por las siguientes bases legales (en adelante, las “Bases”).

1) Objeto del Programa

    La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España (en adelante, la “Academia”) convoca un proceso de selección por el que se concederán hasta tres (3) ayudas (en adelante, las “Ayudas” o la “Ayuda”) para promover y apoyar el desarrollo de trabajos de investigación que contribuyan al conocimiento de la cinematografía española e iberoamericana.

Los proyectos seleccionados (en adelante, el “Proyecto” o los “Proyectos”) deberán ser originales en su totalidad y en sus diversas partes

2) ¿A quién va dirigido el Programa?

    El Programa se dirige a personas físicas exclusivamente, mayores de edad, del ámbito académico y/o profesional, que sean nacionales o residentes habituales de países pertenecientes a la comunidad iberoamericana, entendiendo por tal todos los países del continente americano cuyo idioma oficial sea el español, incluyendo expresamente a Portugal y Brasil, y que presenten proyectos de investigación relacionados con el conocimiento de la cinematografía española e/o iberoamericana, en los términos que se describen en estas Bases. 

    Podrán optar a estas ayudas investigadores individualmente considerados o bien dos (2) o más personas que conformen un grupo de investigación sobre el mismo Proyecto.

    También podrán optar a estas ayudas investigadores independientes o que estén adscritos a universidades, centros de investigación u otras organizaciones del sector audiovisual, tanto de carácter público como privado, y siempre que dichas entidades tengan su domicilio social en el ámbito territorial descrito anteriormente. 

    Los solicitantes (en adelante, el “Investigador” o los “Investigadores”) serán elegidos, en la forma y plazos que más adelante se indicarán, por un comité de selección compuesto por profesionales de distintos ámbitos, que garantizará el cumplimiento de las presentes Bases y la idoneidad de los Proyectos

3) Dotación de las Ayudas y duración de los Proyectos

    Cada una de las tres (3) Ayudas objeto de este Programa lleva aparejada una dotación económica de 12.000 € (doce mil euros). Dicha cantidad es considerada bruta, por lo que se verá reducida por los impuestos y retenciones que en su caso establezca la legislación vigente aplicable, y se concederá al Investigador de acuerdo con el siguiente calendario:

• El cincuenta por ciento (50%), es decir, seis mil euros (6.000 €), tras resultar seleccionado como beneficiario de la Ayuda. 

• El treinta por ciento (30%), es decir, tres mil seiscientos euros (3.600 €), a la mitad del desarrollo del Proyecto, esto es, transcurridos nueve (9) meses desde la selección del Proyecto.

• El veinte por ciento (20%), es decir, dos mil cuatrocientos euros (2.400 €), a la finalización y entrega del Proyecto.

    En el caso de resultar seleccionado un Proyecto cuya realización corra a cargo de más de una (1) persona, la dotación económica de la Ayuda será la misma pero deberá repartirse entre los Investigadores en la proporción que ellos mismos acuerden y que deberán comunicar por escrito a la Academia en el momento de la aceptación de la Ayuda.

    Los Proyectos deberán finalizarse en el plazo máximo de dieciocho (18) meses desde la fecha de selección de los Proyectos beneficiarios de las Ayudas, sin perjuicio de que, cuando la investigación lo requiera, el Investigador podrá solicitar una prórroga a la Academia, exponiendo detalladamente los detalles que justifiquen la prolongación del plazo. De resultar concedida, dicha prórroga no podrá ser superior a seis meses. 

    Los Investigadores que no completen el Proyecto a la finalización del periodo descrito anteriormente o, en su caso, de la prórroga concedida, deberán restituir a la Academia todas las cantidades recibidas en concepto de Ayuda. 

4) Proceso de selección de Investigadores

El proceso de selección de Investigadores se articula en las siguientes fases:

4.1. Convocatoria y presentación de solicitudes

    La Academia publicará la convocatoria y las presentes Bases del Programa el día 15 de julio de 2021, fecha en la que comenzará el periodo de presentación de solicitudes, y que permanecerá abierto hasta el día 30 de septiembre de 2021, a las 14h (hora peninsular española).

    Durante el periodo de presentación de solicitudes, todos aquellos que deseen proponer sus Proyectos y, por tanto, aspirar a la Ayuda, deberán presentar la siguiente documentación. Si la solicitud y/o cualquiera de la documentación adjunta a la solicitud fuese presentada en un idioma diferente al español, se deberá aportar la oportuna traducción al español.

• Acreditación de personalidad: fotocopia del D.N.I., N.I.E., Pasaporte o documento nacional de identidad equivalente. En el caso de no ser nacional de la comunidad iberoamericana, se deberá presentar certificado de empadronamiento, documento oficial equivalente que acredite la residencia habitual o, en su caso, certificado que acredite el hecho de ser un investigador adscrito a una universidad ubicada en territorio iberoamericano.

• Resumen del Proyecto, cuya extensión no podrá ser inferior a tres (3) páginas ni superior a cinco (5), en el que se haga constar el tema y objetivo de la investigación.

• Memoria detallada del Proyecto, cuya extensión no podrá ser superior a veinte (20) páginas, en el que se haga constar el tema y objetivo de la investigación, la metodología, las fuentes cinematográficas y bibliográficas que se pretenden utilizar, los ámbitos de búsqueda y el tiempo estimado o cronograma de su realización. 

• Currículum vitae del Investigador, con especial detenimiento en la actividad investigadora desarrollada en los últimos cinco (5) años. 

• Carta(s) de presentación elaborada(s) por, al menos, tres (3) profesores universitarios o de cualquier otra entidad dedicada a la enseñanza de conocimientos cinematográficos, o bien de personas de reconocido prestigio en el ámbito de la cinematografía introduciendo al proyecto o al solicitante o grupo de investigación. 

    En este sentido, podrán presentarse menos de tres (3) cartas, siempre que consten al menos las tres (3) firmas autorizadas exigidas.

• En su caso, información sobre la universidad, centro de investigación u organización a la que está adscrito el Investigador.
• Declaración jurada (el modelo podrá descargarse en la dirección web de recepción de las solicitudes) por la que se aceptan, entre otros, los siguientes compromisos:

o Compromiso de presentación de los Proyectos terminados en el plazo máximo estipulado en estas Bases. El retraso en dichas tareas conlleva la obligación de restituir íntegramente a la Academia todas las cantidades recibidas en concepto de ayuda.

o Compromiso de participación en conferencias o actividades promovidas por la Academia y/o por FIACINE. 

o Garantía de que la documentación aportada relativa a sus identidades, nacionalidad y/o residencia habitual, sus CV y las cartas de recomendación son veraces, exactas y adecuadas a las exigencias de las presentes Bases.

o Garantía de autoría y originalidad de los Proyectos y de los trabajos desarrollados (incluidos el resumen y la memoria del Proyecto aportado con la solicitud). La Academia, de estimarlo oportuno, podrá requerir para su acreditación el correspondiente contrato de cesión de derechos, el certificado de la Inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual o cualquier otra documentación que estime oportuna. Como prueba adicional de la garantía otorgada, la Academia puede exigir el registro del Proyecto en el Registro de la Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y Deporte de España, a través del Registro Central o de cualquiera de sus Registros territoriales.

o Compromiso de cesión de los derechos de propiedad intelectual de los Proyectos y trabajos desarrollados necesarios para su edición y explotación.

    En este sentido, declaran y garantizan que no han autorizado ni cedido, y no autorizarán ni cederán a ningún tercero, ningún derecho dimanante del Proyecto más allá de los acuerdos que concrete directamente con la editorial que, en su caso, pueda estar interesada en la publicación del Proyecto. 

o El incumplimiento de la garantía anterior conllevará la obligación de restituir íntegramente a la Academia todas las cantidades recibidas en concepto de 
ayuda así como, en su caso, satisfacer la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados; y a todo ello se obligan solidariamente.

o Aceptación de la inclusión, en el Proyecto editado, del logo y/o imagen de la Academia y/o del Programa, así como de la siguiente frase: <<Proyecto realizado con la Ayuda “Luis García Berlanga” a la Investigación Cinematográfica, en concurso convocado por la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España>> o frase de sentido análogo en la que se haga constar que el trabajo fue desarrollado en el marco del Programa y con la financiación de la Ayuda otorgada por la Academia.

o Si fuese necesario, declaración de que se cuenta con la autorización de la universidad, centro de investigación u organización de adscripción del Investigador y, en todo caso, declaración de exención de responsabilidad a la Academia frente a estas entidades por la participación del Investigador en el Programa. 

o Autorización a la Academia a hacer uso del nombre y apellidos, nombre artístico, imagen, voz y/o expediente profesional de cada uno de ellos, a los efectos de documentar el desarrollo del Proyecto y promocionar el Programa. 

o Declaración de que en caso de que la ayuda económica del Programa no fuese la única y exclusiva fuente de financiación del Proyecto, han informado de esta circunstancia a la Academia, y han puesto a su disposición todos los datos relativos a la identificación y cuantía de estas otras ayudas o contribuciones, sean públicas o privadas. Asimismo, en caso de que este hecho se conozca con posterioridad a la presentación de la solicitud y/o concesión de la ayuda, se comprometen a ponerlo inmediatamente en conocimiento de la Academia. o En su caso, declaración de que la traducción al español de la solicitud y/o de cualquiera de la documentación adjunta es exacta, veraz y auténtica, así como compromiso de indemnizar a la Academia si se detectase cualquier engaño o fraude en este sentido. o Compromiso de aceptación de los demás términos y condiciones dispuestos en estas Bases. o Información sobre el tratamiento de los datos personales por la Academia.

    Solo se admitirá una (1) solicitud por Proyecto, que será cursada individualmente. En caso de que varios Investigadores deseen optar al Programa para la realización conjunta de un mismo Proyecto, los Investigadores designarán a un (1) representante de entre ellos (el “Representante”), que será el encargado de realizar la solicitud, asumir los compromisos detallados en la plataforma de recepción de solicitudes y aportar la información y documentación referida anteriormente de cada Investigador, en nombre de todos ellos. Es obligación del Representante recabar la autorización y poder de representación suficiente de todos los Investigadores para proceder al envío de su documentación y tramitar la solicitud en su nombre. En este sentido, la Academia podrá exigir al Representante, en cualquier momento, que aporte las pruebas o evidencias de haber cumplido esta obligación. Asimismo, el Representante responderá frente a la Academia por la exactitud y veracidad de la documentación que aporte en nombre de todos los Investigadores.

    No obstante lo anterior, la declaración jurada habrá de ser aceptada y firmada por todos los Investigadores, sin perjuicio de que será el Representante el único encargado de su envío a la Academia, en el momento de la solicitud. 

    En ningún caso la Academia será responsable por cualquier información y/o dato de carácter personal que reciba de terceros distintos del Representante, ni por la veracidad o no de los mismos, recayendo esta responsabilidad única y exclusivamente en el Representante. No obstante, en la medida en que la Academia tuviese conocimiento efectivo de que la información y/o datos de carácter personal proporcionados son ilícitos, lesionan derechos de terceros o le han sido facilitados sin consentimiento de su(s) titular(es), actuará diligentemente para suprimir esa información y/o datos inadecuados, y se reserva el derecho de descalificar dicha solicitud, sin perjuicio de las acciones que le asistan frente al Representante.

    La presentación de las solicitudes, incluyendo formularios y demás documentos adicionales, deberá hacerse de manera telemática, rellenando el formulario online a través de la plataforma que se podrá encontrar en la página web de la Academia: www.academiadecine.com. Los solicitantes podrán dirigir cualquier consulta o duda a la siguiente dirección de correo electrónico: ayudasinvestigacion@academiadecine.com

    La Ayuda solicitada deberá ser la fuente de financiación principal y, preferentemente, la única del proyecto presentado. En el caso de que la Ayuda de este Programa no fuese la única fuente de financiación del Proyecto, se deberá hacer constar expresamente en la solicitud, con todos los datos relativos a la identificación y a la cuantía de cualquier otra ayuda, contribución o subvención que estuviera recibiendo o fuera a recibir el Proyecto, independientemente del carácter público o privado de ésta.

    Si este hecho fuera conocido con posterioridad a la concesión de la Ayuda, sin que el Investigador solicitante lo hubiera manifestado en la solicitud, será causa de revocación de la Ayuda y el Investigador deberá restituir a la Academia todas las cantidades que hubiese recibido en concepto de Ayuda hasta la fecha.

    La Academia podrá facilitar en el sitio web del Programa los formularios que deberán cumplimentar y firmar los solicitantes para el cumplimiento de todos o algunos de los puntos señalados anteriores.

    Asimismo, la Academia podrá requerir a los solicitantes aclaraciones sobre aspectos de la solicitud, que no supongan en ningún caso reformulaciones de ésta.

4.2. Concesión de las Ayudas: Comité de Selección de solicitudes y criterios de valoración Comité de Selección: se constituirá un Comité de Selección, de carácter paritario, que estará compuesto por cinco (5) profesionales de la industria cinematográfica de reconocido prestigio, de los cuales dos (2) serán profesionales pertenecientes a la Junta Directiva de la Academia, y los tres (3) miembros restantes serán aprobados por la Junta Directiva de la Academia. De entre los miembros del Comité, uno (1) de ellos será nombrado Coordinador del Programa.

    El Comité de Selección será el encargado de seleccionar diez (10) Proyectos finalistas entre todos los presentados, así como un total de tres (3) Proyectos de entre los finalistas, que se convertirán en los tres (3) Proyectos beneficiarios de las Ayudas. El Comité de Selección podrá declarar desierta en todo o en parte la convocatoria en caso de considerar que los Proyectos no reúnen los méritos suficientes.

    Las funciones de este Comité, que tendrán carácter remunerado, incluyen el estudio y valoración de las solicitudes recibidas, la designación de los finalistas y,  posteriormente, la selección de los Proyectos beneficiarios de las Ayudas, así como  el seguimiento del correcto desarrollo y evolución de los proyectos beneficiarios.

    Criterios de valoración: el Comité de Selección aplicará los siguientes criterios a la hora de valorar las solicitudes y seleccionar los Proyectos para el Programa:

• Calidad técnica de la Memoria, especialmente de la metodología, del Proyecto. • Experiencia investigadora del solicitante y/o del grupo de investigación.
• Aproximación al tema de investigación desde una perspectiva pedagógica.
• Innovación e interés dentro de las artes cinematográficas y audiovisuales. A partir del 1 de octubre de 2021, fecha siguiente a la fecha de finalización de la recepción de solicitudes, y no más tarde del 30 de noviembre de 2021, el Comité de Selección valorará las solicitudes recibidas y seleccionará a los diez (10) finalistas y los tres (3) ganadores de entre esos finalistas. Transcurrido ese periodo, esto es, a partir del 1 de diciembre de 2021, la Academia comunicará a los Investigadores beneficiarios el resultado de la selección. Los Investigadores seleccionados deberán aceptar la Ayuda en la forma y en el plazo que se indicará en el momento de la comunicación de su selección. La aceptación de la Ayuda conlleva, asimismo, la autorización para que la Academia dé a conocer públicamente sus identidades como beneficiarios de la Ayuda del Programa. En caso de que un Investigador no haya aceptado la Ayuda en el plazo indicado, se ofrecerá la misma a la siguiente persona con el Proyecto mejor valorado de entre los diez (10) finalistas, quien deberá aceptar la misma dentro de los cinco (5) días naturales siguientes. De lo contrario, se ofrecerá a la siguiente persona con el Proyecto mejor valorado, y así sucesivamente. La Academia podrá reducir el plazo de aceptación para los suplentes, si fuera necesario para el buen fin del Proyecto, en cuyo caso informará debidamente del nuevo plazo. No se mantendrá correspondencia o comunicación adicional con los autores de los Proyectos que no hayan sido beneficiarios de la Ayuda. 5) Desarrollo de los Proyectos y presentación El desarrollo del Proyecto culminará en un trabajo de investigación escrito en español o en portugués, acompañado de la traducción al castellano correspondiente. Deberá ser un trabajo original, inédito y desarrollado en el marco del Programa, es decir, no se aceptarán trabajos que, en todo o en parte, hubiesen sido difundidos o enviados para su difusión a ninguna editorial, institución, premio o concurso, ni que hubiesen sido creados con anterioridad para su evaluación en el ámbito académico ni trabajos colectivos pertenecientes a universidades públicas o privadas. Una vez realizada la selección de los proyectos beneficiarios, el Comité podrá determinar a los investigadores premiados las pautas relativas a la extensión y redacción de los trabajos. Los Proyectos deberán suponer una aportación en el plano teórico al mejor conocimiento de la cinematografía española e/o iberoamericana, tanto desde un punto de vista histórico como estético o lingüístico, pudiéndose referir a un profesional en concreto, un movimiento estilístico o un periodo específico de dichas cinematografías. Asimismo, tendrán cabida Proyectos susceptibles de ser convertidos posteriormente en guiones de películas documentales o de ficción, siempre que ello no suponga una desviación del objeto de la investigación. Cualquier modificación sustancial del Proyecto seleccionado respecto de la solicitud enviada deberá ser comunicada al Coordinador del Programa y ser aceptada por el Comité de Selección. En caso contrario, el Investigador habrá de proceder a la restitución a la Academia de las cantidades que hubiese recibido en concepto de Ayudas hasta la fecha. 
 
    Por otra parte, los Investigadores deberán participar en aquellas actividades organizadas por la Academia y/o FIACINE, dirigidas a promocionar y dar a conocer tanto el Programa como los Proyectos, de forma directa o indirecta. Asimismo, los Investigadores deberán atender los compromisos con los medios de comunicación derivados del plan de comunicación del Programa, que les serán comunicados con la debida antelación.

    La Academia realizará sus mejores esfuerzos para procurar la explotación de los Proyectos, pudiendo actuar como intermediaria entre los Investigadores y aquellas editoriales de prestigio que puedan estar interesadas en la edición y publicación de los Proyectos. 

6) Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios se comprometen a lo siguiente:

1. Desarrollar sus Proyectos en los plazos previstos en estas Bases y entregar una memoria justificativa de su trabajo al finalizar la realización del Proyecto, así como, en su caso, el correspondiente cuestionario de evaluación del Programa cumplimentado.

2. Poner a disposición de la Academia cualquier documentación que les sea requerida relativa a su formación y/o trayectoria y/o que se precise para acreditar cualesquiera méritos o circunstancias declarados en la solicitud de participación.

3. Presentar los trabajos resultantes del Proyecto, una vez finalizado el plazo.

4. Participar de forma activa en actividades de promoción o difusión del Proyecto y/o del Programa.

5. Mencionar en la difusión y exhibición de los Proyectos que éstos han sido realizados en el marco del Programa, incluyendo el logotipo oficial del Programa y/o de la Academia, así como que el Proyecto se desarrolló con la colaboración y financiación de la Academia.

6. Cualesquiera otras obligaciones que se deduzcan de las presentes Bases o que sean necesarias para el buen fin del Programa. 

7) Derechos de imagen

    Los Investigadores seleccionados autorizan a la Academia a hacer uso de su nombre y apellidos (o nombre artístico), imagen y voz, a los únicos efectos de documentar el desarrollo del Proyecto y promocionar el Programa.

8) Derechos de propiedad intelectual

    La Academia realizará sus mejores esfuerzos para procurar la explotación de los Proyectos, pudiendo actuar como intermediaria entre los Investigadores y aquellas editoriales de prestigio que puedan estar interesadas en la edición y publicación de los Proyectos. A tal fin, y en el supuesto de obtención de un acuerdo satisfactorio para todas las partes, los Investigadores se comprometen a ceder todos los derechos de propiedad intelectual sobre los Proyectos que sean necesarios para la edición y explotación de los mismos, en los términos y con el alcance que, en su momento, se pacten con la sociedad editorial.

9) Protección de datos de carácter personal

Información sobre el tratamiento de datos de carácter personal

a) Responsable del tratamiento: Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España con CIF G78307584 y domicilio social en Calle Zurbano, 3, 28010 Madrid

b) Datos objeto de tratamiento: trataremos los datos personales que nos facilite con ocasión de su solicitud de participación en el Programa, y que son aquellos que se contengan en los documentos indicados en las presentes Bases.

c) Finalidad del tratamiento: la finalidad del tratamiento de sus datos es la correcta tramitación de su participación en el Programa. 

d) Decisiones automatizadas: no se realiza segmentación de perfiles ni se toman decisiones automatizadas.

e) Duración del tratamiento de los datos: los datos personales de los solicitantes serán tratados de forma indefinida en tanto el interesado no solicite su supresión.

f) Base jurídica del tratamiento: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales.

g) Obligación de facilitar los datos y consecuencias de no facilitarlos: para poder participar en el Programa, es requisito indispensable aportar los datos personales solicitados en las Bases.

h) Procedencia de los datos: el propio interesado.

i) Destinatarios:
• Los datos serán comunicados al Comité de Selección del Programa.• En el caso de los ganadores, y en relación con el importe de las Ayudas, sus datos serán comunicados a la Administración Pública competente en materia tributaria.

• Los documentos, entrevistas, declaraciones, reportajes, las imágenes y/o vídeos se difundirán a través de cualquier medio, incluidos los electrónicos, lo que por su propia naturaleza implica revelar información a personas distintas del interesado.

• No se realizarán transferencias internacionales de datos, sin perjuicio de que la cesión de derechos de imagen no se limita territorialmente al ámbito nacional.

j) Derechos del interesado:
    Tiene derecho a obtener confirmación sobre si estamos tratando datos personales que les conciernan, o no. Como interesado, tiene derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.

    En determinadas circunstancias, podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

    En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular, podrá oponerse al tratamiento de sus datos. Dejaremos de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

    En aquellos supuestos en los que el tratamiento de sus datos estuviera basado en su consentimiento, podrá revocarlo en cualquier momento.

    En aquellos supuestos en los que legalmente proceda, tendrá el derecho a la portabilidad de los datos, lo que implica que tiene derecho a recibir los datos personales relativos a su persona, que estemos tratando, y almacenarlos en un dispositivo propio, este derecho también le permite solicitarnos que comuniquemos sus datos a otro responsable del tratamiento.

    Asimismo, en caso de que considere que existe un problema o una incidencia en relación con el tratamiento de datos puede contactar con la entidad a través de la dirección de contacto indicada en el presente documento, y en cualquier caso, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de protección de datos de carácter personal, que en el caso de España es la Agencia Española de Protección de Datos.

    Puede contactar con el Delegado de Protección de Datos en la siguiente dirección: protecciondedatos@academiadecine.com. Para ejercer sus derechos debe remitirnos una solicitud a la dirección de correo electrónico indicada anteriormente adjuntando copia de su DNI, u otro documento que lo identifique legalmente.

10) Suspensión o cancelación del Programa. Modificación de las presentes Bases
    La Academia se reserva el derecho de suspender, aplazar o cancelar total o parcialmente el Programa, por causas de fuerza mayor o debidamente justificadas, sin que dicha suspensión, aplazamiento o cancelación implique responsabilidad alguna para la Academia, comunicándolo tan pronto como resulte posible a los solicitantes y/o Investigadores.

    Asimismo, la Academia se reserva el derecho de modificar estas Bases, en su totalidad o en parte, por causas de fuerza mayor o cuando sea necesario para el buen fin del Programa. En caso de modificación de las presentes Bases, la Academia informará de dicha circunstancia en la web donde se hayan publicado estas Bases.

11) Aceptación de las Bases
    Estas Bases se presumirán íntegramente aceptadas mediante la concurrencia al Programa a través del envío de la solicitud.

12) Resolución de conflictos
    Cualquier cuestión o controversia derivada del Programa deberá dirigirse por escrito a la Academia con el objeto de que ambas partes puedan llegar a una resolución amistosa. En caso de no lograrse dicha resolución amistosa, las partes, con expresa renuncia a su propio fuero, se someten a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid capital.



ACADEMIA DE CINE
Calle de Zurbano, 3
28010 Madrid (España)
www.academiadecine.com



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